La revisión paritaria para la actividad mercantil quedó formalizada con un incremento salarial del 5,7% y una asignación extraordinaria por única vez de $50.000, en un acuerdo suscripto por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS).
El entendimiento fija que el 5,7% se aplicará sobre las escalas de las remuneraciones básicas del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) N° 130/75. Para el cálculo se tomarán como base los valores expresados para junio de 2026, junto con las sumas de carácter no remunerativo vigentes a esa fecha. El acuerdo establece que el incremento se instrumentará “en forma de asignación remunerativa y no acumulativa, a abonarse en tres tramos”.
La suba se pagará en etapas iguales de 1,9% cada una. El primer tramo rige “a partir del mes de julio de 2026”; el segundo, “a partir del mes de agosto de 2026”; y el tercero, “a partir del mes de septiembre de 2026”. De esta manera, el ajuste se distribuye a lo largo del tercer trimestre de 2026, con referencia explícita a las escalas del CCT 130/75.
Además, los firmantes acordaron prorrogar la incorporación a las escalas básicas convencionales de la suma fija no remunerativa de $120.000 ya vigente para ese proceso. La incorporación se realizará en seis cuotas de $20.000 que se sumarán a los básicos de diciembre de 2026, enero de 2027, febrero de 2027, marzo de 2027, abril de 2027 y mayo de 2027.
En relación con ese punto, el texto del acuerdo establece que “las sumas no remunerativas pendientes de incorporación se liquidarán de acuerdo a lo establecido en la cláusula tercera del acuerdo suscripto con fecha 26 de marzo de 2026”.
Por otra parte, se pactó “el otorgamiento de una asignación extraordinaria y por única vez, de carácter no remunerativo y no acumulativo” por $50.000. El pago se dividirá en dos tramos: $25.000 a liquidarse junto con el sueldo de julio de 2026 y $25.000 a liquidarse junto con el sueldo de agosto de 2026.
La vigencia de lo pactado corre desde el 1° de julio de 2026. También se fijó el compromiso de reunirse en octubre de 2026 para analizar variaciones económicas. El acuerdo aclara, por último, que los incrementos “no son vinculantes” para eventuales acuerdos salariales en la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, aunque las sumas resultantes de los aumentos pactados constituirán el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.












