La Corte Suprema rechazó una demanda ambiental colectiva de 2003 en la Cuenca Neuquina

El máximo tribunal desestimó la acción impulsada por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia al considerar que no se acreditó daño ambiental concreto ni alcance interjurisdiccional, un criterio que impacta en la admisibilidad de litigios colectivos vinculados con la actividad hidrocarburífera en Vaca Muerta

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó una demanda ambiental colectiva promovida en 2003 por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (Assupa) contra diversas compañías con actividades hidrocarburíferas en la Cuenca Neuquina, en una decisión que puso fin a más de 20 años de litigio judicial.

El tribunal concluyó que la parte actora no logró acreditar “la existencia de un daño ambiental concreto” ni demostrar que los presuntos perjuicios invocados tuvieran “carácter interjurisdiccional”. Ese punto resultó determinante, ya que el fallo consideró indispensable ese requisito para habilitar la competencia originaria del máximo tribunal.

La sentencia fue suscripta por el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, junto con los conjueces Silvina Andalaf Casiello, Rocío Alcá y Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas. En su análisis, la Corte señaló que la demanda carecía de precisiones respecto de las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos denunciados.

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Además, cuestionó que los planteos se dirigieran de manera genérica contra la actividad hidrocarburífera, sin individualizar áreas específicas afectadas ni identificar daños concretos. También observó que la prueba ofrecida por la demandante no estaba orientada a verificar hechos determinados, sino a impulsar una investigación general sobre eventuales afectaciones ambientales.

Entre las compañías alcanzadas por la demanda se encontraban YPF, Pampa Energía, Chevron, Pluspetrol, TotalEnergies, Pan American Energy y Vista Energy, entre otras. En el expediente también participaron el Estado nacional y las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza y Neuquén.

En el proceso intervino el estudio Nicholson y Cano en la defensa de dos de las empresas involucradas. Representó a Capex S.A. desde el inicio del expediente y acompañó a Pluspetrol S.A. desde la apertura a prueba, con asesoramiento estratégico y patrocinio letrado durante las distintas etapas del litigio. El equipo estuvo liderado por los socios Horacio Payá y Santiago Mollard, quienes coordinaron la estrategia de defensa.

La decisión se inscribe en una serie de pronunciamientos vinculados con la actividad energética en Vaca Muerta y reafirma criterios exigentes en materia de admisibilidad de acciones colectivas ambientales, particularmente cuando se invocan supuestos daños de carácter interjurisdiccional.

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